I.P.S.

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Farmacia

Farmacia

Requisitos Generales


Nuestra farmacia brinda una cobertura del 40% en medicamentos ambulatorios que figuren en el Vademécum del IPS. En caso de medicamentos en internación la cobertura es del 100%.

Los afiliados cuentan con 4 (cuatro) medicamentos por mes, con la sola presentación de la receta médica, en cualquier farmacia privada adherida por convenio. En caso de precisar más de cuatro medicamentos al mes, deben ser autorizados por Auditoría Médica de Farmacia IPS.

Recetas

Todas las prescripciones de medicamentos deben realizarse en los recetarios oficiales o particulares del IPS para pacientes ambulatorios. En cuanto a internados el recetario oficial es obligatorio.

En cada receta el Profesional Médico debe hacer constar:

- Nombre y apellido del afiliado

- Número de afiliado (número de DNI)

- Edad del paciente

- Sexo del paciente

- Hasta 2 (dos) medicamentos por receta, prescriptos por su nombre genérico y comercial en el caso de farmacias privadas.

- En Farmacia Propia no hay límite de medicamentos.

- Firma y sello del Profesional que receta.

- Diagnóstico probable.

- Cuando se recete por Seguro Escolar debe figurar además el establecimiento al que concurre el alumno; una inscripción que diga "Seguro Escolar"; y el número de siniestro (se asigna en la oficina de Seguro Escolar, en Mitre 355).

Reintegros en Farmacia

- Fotocopia del DNI. Del paciente "titular de receta". En caso de recién nacido y no cuenta con dni, partida de nacimiento o certificado de nacido vivo.

- Fotocopia del DNI. De la persona que tramita el reintegro *receta original autorizada por ventas (farmacia ips).

- Ticket fiscal o factura de los medicamentos, originales, emitido por farmacia (no recibimos facturas de clínicas, centros médicos y otras entidades) ya que por ley de farmacias no debe facturar como farmacia), troquel de medicamentos (en caja o frascos), no de lote, vencimiento, laboratorio (ampollas o alimentación).

- Seguro escolar: copia de siniestro, copia dni de titular de receta y de la persona que realiza el tramite

- El monto de reintegro se acreditará por transferencia, debe presentar comprobante de cbu (solo de entidad bancaria) del titular de la obra social, por única vez.

Vigencia para reintegro: 30 días corridos para comprar desde la fecha de receta y para efectuar el reintegro 30 días corridos a partir de la compra.

Horarios de atención: de lunes a viernes de 7:30 a 13:30 hs. por orden de llegada.